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La UCI aprueba un nuevo reglamento para ciclistas transgénero

La Unión Ciclista Internacional ha aprobado sus nuevas condiciones de elegibilidad de los deportistas transgénero para competir en pruebas del Calendario Internacional de la UCI.

A través de un comunicado con fecha del 5 de febrero y que se ha dado a conocer este martes, la organización ha anunciado que estos nuevos criterios entrarán en vigor el próximo 1 de marzo y que están diseñados «para animar a los atletas transgénero a competir en la categoría correspondiente a su nuevo género mientras se garantice una competición nivelada para todos».

Antes de las medidas adoptadas por la UCI, los criterios de elegibilidad para competir en la categoría correspondiente dependían de un acuerdo entre la UCI y el COI. Sin embargo la UCI celeberó una reunión el 19 de octubre del año pasado a la que asistieron la UCI, varias federaciones internacionales y expertos y representantes de atletas transgénero para analizar los nuevos conocimientos científicos y revisar estos criterios de elegibilidad.

Estos son los requisitos que deberán cumplir los ciclistas transgénero:

– Todos los deportistas transgénero que quieran competir en la categoría correspondiente a su nuevo género deberán presentar su solicitud al gerente médico designado por la UCI seis semanas antes de la fecha de la primera competición.

– El historial del deportista se entregará a una comisión de tres expertos internacionales e independientes de la UCI. Los miembros de la comisión asesorarán sobre la elegibilidad para competir en la nueva categoría e informarán a los médicos de la UCI sobre sus conclusiones.

– Los deportistas deben probar que su nivel de testosterona sérica sea inferior a 5 nanomoles por litro al menos 12 meses antes de la fecha de elegibilidad.

– Una vez sea considerado elegible, el deportista debe mantener su nivel de testosterona sérica por debajo de los 5 nanomoles por litro durante todo el tiempo que compita en categoría femenina.

– El deportista deberá someterse a pruebas de testosterona sérica mediante una espectometría de masas.

A partir de aquí la UCI indica que serán sus médicos quienes se encarguen de que se cumplan estos criterios de elegibilidad, y si no se cumplen, los responsables médicos podrían suspender la elegibilidad de estos deportistas, que podrían ser penalizados bien con una advertencia o bien con descalificación y multa. La UCI ha pedido además a las federaciones nacionales que incluyan estos nuevos criterios en sus respectivos reglamentos.

El presidente de la UCI, David Lappartient, quiso valorar estas nuevas medidas. «La adopción de estos nuevos criterios en los reglamentos de la UCI proporcionará a toda la comunidad ciclista un marco regulatorio claramente definido que se aplicará a todos. Gracias a este consenso, nuestra Federación se ha dado a sí misma medios a tener en cuenta y, como reflejo de los desarrollos en nuestra sociedad, el deseo de los atletas transgénero para competir, a la vez que garantiza una competición nivelada para todos los participantes. Es un paso importante para la inclusión de los deportistas transgénero en el deporte de élite».

Info: AS

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